Resumen del Artículo cuarenta y seis

Artículo cuarenta y seis del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha (EACLM) — Uno. Cuando se complete el traspaso de servicios o al cumplirse el sexto año de vigencia de este Estatuto, la participación anual en los ingresos del Estado citada en el número tres del artículo cuarenta y cuatro, y definida en la disposición transitoria quinta se negociará…

EACLMVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo cuarenta y seis

Uno. Cuando se complete el traspaso de servicios o al cumplirse el sexto año de vigencia de este Estatuto, la participación anual en los ingresos del Estado citada en el número tres del artículo cuarenta y cuatro, y definida en la disposición transitoria quinta se negociará sobre las siguientes bases:

a) La media de los coeficientes de población y esfuerzo fiscal de la región.

b) La cantidad equivalente a la aportación proporcional que corresponde a la región por los servicios y cargas generales que el Estado continúe asumiendo como propios.

c) La relación inversa entre la renta media de los residentes en la región y la media estatal.

d) La relación entre los índices de déficit en servicios sociales e infraestructuras que afecten al territorio de la región y al conjunto del Estado.

e) Otros criterios que se estimen procedentes, entre ellos superficie y número de municipios.

Dos. El porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma únicamente podrá ser objeto de revisión en los siguientes casos:

a) Cuando se amplíen o reduzcan las competencias asumidas por la Comunidad Autónoma y que anteriormente realizase el Estado.

b) Cuando se produzca la cesión de nuevos tributos.

c) Cuando se lleven a cabo reformas sustanciales en el sistema tributario del Estado.

d) Cuando, transcurridos cinco años después de su puesta en vigor sea solicitada dicha revisión por el Estado o por la Comunidad Autónoma.

Norma publicada: 10 de agosto de 1982

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo cuarenta y seis

¿Qué dice el Artículo cuarenta y seis del EACLM?

Uno. Cuando se complete el traspaso de servicios o al cumplirse el sexto año de vigencia de este Estatuto, la participación anual en los ingresos del Estado citada en el número tres del artículo…

¿El Artículo cuarenta y seis del EACLM está vigente?

El artículo cuarenta y seis del EACLM está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo cuarenta y seis dentro del EACLM?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo cuarenta y seis?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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